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El ICA, otro verdugo de los agricultores

Libardo Gómez Sánchez, Diario del Huila, Neiva, junio 20 de 2011

De camino al sur desde Neiva se pasa por Campoalegre, una planicie verde formada por los extensos cultivos de arroz, que la convierte en la capital arrocera del Huila. En estos días, próximos a las festividades del San Pedro, es usual que en los barrios y veredas se prenda la fiesta y se realicen reinados buscando quien los represente en el jolgorio mayor. El sábado pasado al transitar por la vía principal veía un tumulto de gentes repartiendo unos volantes, como normalmente ocurre en esta época, sin embargo en esta ocasión la razón era otra: vestidos con camisetas blancas los agricultores reclamaban la derogatoria de la resolución 970 del 2010 expedida por el ICA y la devolución de 70 toneladas de arroz paddy seco, decomisadas y que amenazan con quemar.

En el espíritu del Libre Comercio, que realmente es el de la hegemonía de los negocios de las transnacionales, los Ministerios y sus entidades adscritas han trazado todo tipo de políticas que procuran allanar los caminos para que una vez aprobados los TLC firmados con Estados Unidos y la Unión Europea, se facilite la toma de nuestro mercado por sus empresas; al tenor de ese propósito se han expedido normas que prohíben: la comercialización de leche cruda, el funcionamiento de los mataderos municipales y veredales, el uso de trapiches artesanales para moler caña panelera, el sacrificio de aves en los mataderos tradicionales y el uso de semillas nativas seleccionadas mediante métodos ancestrales, entre otras medidas.

En esta región, las empresas que producen semilla certificada no dan abasto para atender la demanda de cerca de 8.000 hectáreas que se siembran por semestre, esta es otra razón por la que productores de cuarenta años como el de la “semilla Cuellar”, bautizada así por él, se refiere por supuesto a la semilla que saca de la mejor parte de sus lotes, compra semilla certificada, siembra y selecciona un sector al que le da un tratamiento especial para aprovecharlo por una o dos cosechas como fuente de semilla, es la forma de bajar costos y garantizar una buena producción, pues es más segura que la que se siembra con las simientes de las casas comerciales que de continuo presentan problemas de bajos rendimientos.

A la sombra de la resolución mencionada, el ICA convierte a los agricultores y a los propietarios de secaderos en delincuentes a los que pretende judicializar, así doña Cenobia Calderón, que hace 22 años siembra su parcela “La Esperanza” en la vereda Nuevo Horizonte, que sufrió los rigores del invierno averiando el viaducto con que conducía el agua de riego a su cultivo, ahora perderá los granos que llevó a secar para esperar un mejor precio. Ni los descuentos de los molinos, ni los costos de los insumos, ni los intereses de los créditos, lograron arruinarla, pero ahora sí una norma.

El ICA que debería ser una institución al servicio del sector agropecuario, con funciones de prevención, investigación y transferencia de tecnología, termina convirtiéndose simplemente en el guardián al servicio de los intereses de transnacionales, que pretenden apropiarse del negocio de la producción de material vegetal, lo que amenaza la diversidad biológica indispensable para la supervivencia de las especies.

Tan importante resulta este cereal para la humanidad, que El Arca de Noé como se le llama a la bóveda global de semillas de Svlbard en el círculo polar Ártico, fue inaugurada en febrero del 2008, con el depósito de semillas de arroz de 104 países, ojalá se hayan guardado las variedades que hoy el ICA pretende quemarle a los agricultores de Campoalegre. Como los lecheros, los arroceros deben organizar la resistencia.

Minería

¿Drummond deberá pagar impuestos por la venta del 20% de sus activos a Itochu Corporation?

Oficina de Prensa Senador Jorge Enrique Robledo, Bogotá, junio 16 de 2011

Senador Robledo le hizo la pregunta al Director de la DIAN. Se puede repetir el caso de SAB Miller-Bavaria.

En carta dirigida a Juan Ricardo Ortega, director de la DIAN, el senador Jorge Enrique Robledo preguntó si por la venta del 20% de los activos de Drummond a Itochu Corporation se pagarán los impuestos que cualquier colombiano está obligado a cancelar por ganancias ocasionales.

Drummond informó que le vendió el 20% de sus activos a la japonesa Itochu Corporation por 1.523 millones de dólares. Por una operación como estas, los colombianos deben pagar un impuesto por ganancias ocasionales cuya tarifa es del 35% del precio de la venta, que en el caso del negocio de Drummond sería de 533 millones de dólares. Sin embargo, se especula que Drummond no pagará este tributo, como sucedió cuando la multinacional SAB Miller compró por siete mil millones de dólares los activos de Bavaria, negocio en el que no se pagó ni un centavo de impuestos.

Por esta razón, el senador Robledo le solicitó al director de la DIAN que explicara si por esta operación se pagará algún tipo de impuesto. “Sería muy grave que a esta trasnacional no se le cobrarán impuestos, cuando se sabe que por ganancias ocasionales el gobierno le cobra tributos hasta al colombiano más pobre”, afirmó el congresista.

El siguiente es el texto de la carta:

Bogotá, 16 de junio de 2011

Doctor

JUAN RICARDO ORTEGA

Director de la DIAN

Ciudad

Ref.: ¿Drummond deberá pagar impuestos por la venta de parte de sus activos?

La trasnacional Drummond informó que vendió el 20% de sus activos en Colombia a la japonesa Itochu Corporation por un valor de 1.523 millones de dólares. Por operaciones como estas, cualquier colombiano debe pagar un impuesto por ganancias ocasionales cuya tarifa es del 35% del valor de la venta, lo que equivaldría a cerca de 533 millones de dólares.

Sin embargo, se especula que Drummond no está obligada a pagar este tributo, como sucedió cuando la multinacional SAB Miller compró por siete mil millones de dólares los activos de Bavaria, operación que no fue objeto de imposición tributaria.

Sería extremadamente grave que el gobierno permitiera que esta operación se haga sin que se pague ni un peso de impuestos. Porque se sabe que por ganancias ocasionales hasta al colombiano más pobre debe pagar tributos.

Por la gravedad de esta situación, solicito a Usted informarme lo siguiente:

¿La DIAN exigirá el pago de impuestos por la venta del 20% de los activos de Drummond a Itochu Corporation? ¿Qué tributos serán cobrados? ¿Por qué valor? Favor sustentar las respuestas.

La presente solicitud la hago amparado en el artículo 258 de la Ley 5 de 1992, norma según la cual las peticiones de los congresistas deben contestarse en un término no superior a cinco días hábiles.